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viernes, 16 de octubre de 2015

Tinkunaco 1675/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información JurídicaMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicasviernes 16/10/2015  
Normativa Nacional
Ley 27185
B.O. 16/10/2015
Aprobación de acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Serbia sobre cooperación en materia veterinaria, suscripto en Buenos Aires, el 10 de mayo de 2010.

Disposición 8403/15 - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
B.O. 16/10/2015
Implementación de la inscripción de los productos alimenticios comprendidos en el Código Alimentario Argentino, incluyendo los Alimentos para Propósitos Médicos Específicos, en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
Jurisprudencia Nacional
Telefónica Móviles Argentina SA c/ DNCI s/ lealtad comercial - Ley 22802 - art 22
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 03 - 06/10/2015
Notificación electrónica. Nulidad de la notificación. Declara la nulidad de la notificación electrónica de la sentencia definitiva recaída en los autos, dado que fue remitida a un domicilio electrónico distinto del constituido. En el caso, los reclamantes, al recibir una cédula mediante la cual se los intimaba a abonar los honorarios regulados a favor de los letrados de la parte demandada, tomaron conocimiento de que se había dictado la sentencia definitiva y que la misma había sido notificada a un domicilio electrónico incorrecto. Entiende que el domicilio electrónico consignado en la cédula en cuestión no se corresponde con un C.U.I.T. que haya denunciado como tal en el expediente, por lo que no cabe sino que concluir en que se debe declarar la nulidad de la notificación (conf. art. 149, primer párrafo, del C.P.C.C.N.).

Porta, Pedro Juan c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de certeza
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 06/10/2015
Desestima la acción declarativa de certeza interpuesta por el titular de una empresa dedicada a la elaboración y comercialización de productos veterinarios, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la normativa provincial que restringiría la venta en hipermercados ubicados en el territorio de la demandada, de productos y especialidades veterinarias de venta libre fabricados por el actor, en tanto se exige al distribuidor que los comercializa la presencia de un médico veterinario en el local de venta respectivo. Afirma que los productos veterinarios denominados de venta libre no tienen el alcance de libre comercialización, sino el de la venta sin receta en establecimientos habilitados por la autoridad competente con el asesoramiento de un profesional veterinario, conforme al criterio establecido por la Provincia, con fundamento en los poderes de policía para la protección de la salubridad pública. En tal sentido señala que la modalidad de expendio pretendida de colocar los productos veterinarios de venta libre en las góndolas de los supermercados sin el asesoramiento profesional, importaría el incumplimiento de las disposiciones de la SENASA sobre la venta de medicamentos veterinarios.
Normativa Provincial
Ley 115 de MISIONES
B.O. 13/10/2015
Medio ambiente. Se crea el Instituto Misionero del Suelo Recurso Estratégico para la Conservación de la Biodiversidad, en la provincia de Misiones. Objetivos. Autoridad de aplicación. Planes de manejo sostenible. Aprovechamiento de uso del suelo. Beneficios.

Ley 68 de MISIONES
B.O. 13/10/2015
Adhesión provincial a la Ley Nacional N.° 26.485, sobre Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Expresa reserva en la adhesión al Título III-Procedimientos, Capítulo II-Procedimiento de la mencionada ley nacional.
Jurisprudencia Provincial
S. , D. c/ D. , M.N s / Tenencia de hijos
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - BUENOS AIRES - 07/10/2015
Asignación de la vivienda familiar. Determina provisoriamente que la vivienda que fuera asiento del hogar familiar, la cual actualmente es habitada únicamente por la progenitora, sea atribuida a los hijos menores y al padre de éstos, quien ejerce la tenencia provisoria de los niños y con quienes reside en una vivienda con claras limitaciones habitacionales. Refiere que además de las ventajas que presenta el inmueble respecto de los menores en lo que hace a lo edilicio o habitacional, éstos volviendo a habitar la casa vuelven a su centro de vida, al lugar donde transitaron la mayor parte de su infancia, donde pueden ubicarse sus amistades de esos años y otros lugares de interés para su desarrollo vital como escuela y lugares de esparcimiento.

M. L. I. s/ situación Ley 2212
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA - Sala 01 de NEUQUEN - NEUQUEN - 15/09/2015
Exclusión del hogar. Violencia familiar. Desestima la apelación intentada contra el dictado de la medida cautelar de exclusión del hogar del demandado, en un caso de denuncias recíprocas de violencia entre las partes. Entiende que el esquema que rige, en el caso, es el de un “proceso urgente”, destinado a agotarse en su dictado y en donde prima la celeridad procesal, con el objetivo de que la víctima, mediante el mecanismo de una denuncia, pueda requerir y obtener el auxilio inmediato de la jurisdicción. A su vez, remarca que el actuar judicial, ha tenido basamento legal y se presenta acorde a las circunstancias que emergen de la causa, en punto al riesgo que importaba la continuación de la convivencia.
Doctrina
Sustracción internacional de menores. Derecho a la vida privada y familiar. Derecho del niño a ser oído
Autor: HERRERA ALEGRE, FACUNDO D.
El caso en cuestión se ocupa de la solicitud de demanda ante la Corte Europea de Derechos Humanos interpuesta en contra de la Confederación Suiza en el año 2007 por violación, principalmente, del arts. 6° y 8° de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales producida a raíz del desplazamiento forzado de los hijos de la actora a la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

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