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martes, 15 de septiembre de 2015

Tinkunqdo 1514/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas martes 15/09/2015  
Normativa Nacional
Decreto 1862/15
B.O. 15/09/2015
Declaración de lugar histórico nacional al Centro Cultural por la Memoria de Trelew, ex Aeropuerto viejo de Trelew que fue reconvertido en Espacio para la Memoria y para la Promoción de los Derechos Humanos.

Decreto 1829/15
B.O. 15/09/2015
Designación de la Prefectura Naval Argentina, en su condición de Autoridad Marítima, como autoridad de aplicación del Convenio Internacional Sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para el Personal de los Buques Pesqueros, 1995, aprobado por Ley N° 26.981.

Resolución 2385/15 - Ministerio de Educación
B.O. 15/09/2015
Régimen de Organización de Carreras, Otorgamiento de títulos y Expedición de Diplomas de las Instituciones Universitarias que integran el Sistema Universitario Nacional: Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas e Institutos Universitarios Estatales y Privados reconocidos por el Estado Nacional.
Jurisprudencia Nacional
xxx c/ INCUCAI s/ Amparo ley 16.986
JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nro 4 de LA PLATA - BUENOS AIRES - 09/09/2015
Donación de órganos. Concede autorización a la actora para que en su calidad de “donante vivo no vinculado” le sea practicada la ablación hepática para serle implantada a una menor de once meses. La accionante refirió que la une una relación de gran amistad con los progenitores de la niña, que desde su nacimiento ha venido sorteando sistemáticos problemas de salud y que padece en la actualidad falla hepática crónica terminal. En ese sentido, el magistrado juzga que no existe elemento ni circunstancia alguna que permita poner en duda los consentimientos prestados por la dadora y por los representantes legales de la menor, a lo que se suma que se encuentra plenamente verificada la ausencia de todo interés económico y la absoluta gratuidad del acto, en la forma que lo exigen de manera simultánea la ley 24.193 y los arts. 17, 55 y 56 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Carbone, Juan Alberto s/ autorización
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 92 - 01/09/2015
Otorga la autorización para viajar a la cuidad de Bologna, República de Italia, desde el 3 de septiembre hasta el 6 de octubre de 2015, al ex saxofonista de la banda de rock Callejeros a los fines de que el solicitante pueda ejercer su derecho constitucional de trabajar. El músico fue condenado a la pena de cinco años de prisión, en orden al delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho activo en calidad de partícipe necesario, sentencia que a la fecha se encuentra a estudio de la Cámara Federal de Casación Penal en virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el pasado 5 de agosto de 2014. Entiende que, teniendo en cuenta la propuesta laboral con la que cuenta el imputado en la mencionada ciudad y el hecho de haber cumplido, tanto con las obligaciones asumidas tras haber sido autorizado ante un pedido similar como con sus presentaciones semanales ante el tribunal, incluso haciéndose presente el 20 de diciembre de 2012 a cumplir la pena de cinco años de prisión impuesta, es razonable conceder la autorización solicitada.

R., C. C. s/ información sumaria
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 92 - 28/08/2015
Indemnización laboral. Unión convivencial. En el marco de una información sumaria iniciada a los efectos que se declare la existencia de una unión convivencial entre la requirente y su conviviente fallecido en enero de 2014, con el objeto de obtener la indemnización por fallecimiento prevista en el art. 248 de la L.C.T. dado el carácter de trabajador en relación de dependencia de este último, declara su incompetencia y remite las actuaciones para su tramitación en el fuero laboral. Considera que en el caso no pueden aplicarse a la relación de convivencia entre la requirente y el causante las reglas contenidas en el Título III del libro segundo de las Relaciones de Familia que regula las llamadas uniones convivenciales, porque la relación denunciada quedó extinta con la muerte del conviviente, acaecida con anterioridad a la entrada en vigor del Código Civil y Comercial, sin perjuicio de los efectos que pudiera tener dicha convivencia a los fines previstos por el art. 248 de la Ley de Contrato de Trabajo, consecuencia jurídica propia del derecho laboral que ya se había reconocido a favor de los convivientes mucho antes de la sanción del Código Civil y Comercial.
Normativa Provincial
Decreto 1190/15 de CHUBUT
B.O. 08/09/2015
Personal policial de la provincia del Chubut. Modificación de la licencia por maternidad y de la licencia por paternidad. Modificación de los artículos 18 inciso c), 28 y 29 del Decreto N° 343/90.

Decreto 1157/15 de CHUBUT
B.O. 02/09/2015
Construcción como Espacio de Memoria en la ciudad de Trelew. Hechos emblemáticos. Delitos de lesa humanidad, en la causa Judicial por los hechos de la Masacre de Trelew del día 22 de Agosto de 1972.
Jurisprudencia Provincial
Farré, Fernando Gustavo s/ Homicidio Calificado
JUZGADO DE GARANTIAS Nro 6 de PILAR - BUENOS AIRES - 11/09/2015
Crimen del country. Convierte en prisión preventiva la actual detención que cumple Fernando Farré por considerarlo probable autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por haber mediado violencia de género, previsto y reprimido en el arts. 80 inc. 1 y 11° y 45 del Código Penal. Señala que la prueba colectada permite arribar a la probable conclusión de que el mentado fue quien dió muerte a la víctima, con un grado de violencia tal que escapa a la comprensión del hombre común sobre cómo se puede llegar a tan cruel ataque contra una persona en absoluto estado de vulnerabilidad. Añade que se verifica peligro de fuga en virtud de la pena en expectativa, como así también, peligro de entorpecimiento probatorio.
Doctrina
La "propietización" de la información y el derecho a recibir conocimiento
Autor: BARRIO, FERNANDO J.
El autor analiza la propietización de la información, definiéndola como la mercantilización y apropiación por parte de personas físicas y o jurídicas de las creaciones del intelecto humano y el conocimiento común de la sociedad a través del desarrollo y expansión de estructuras normativas que lo permiten y alientan, proceso que puede ser observado tanto en la evolución de los tratados internacionales que regulan la propiedad intelectual como en su inclusión en los acuerdos globales de comercio y tratados regionales de libre comercio, logrando una nueva y aumentada perentoriedad.

Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado.
Es libre y gratuito.    descargar

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