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martes, 29 de julio de 2014

Tinkunaco 1.045/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

29 de Julio de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Decreto 1138/14
B.O. 29/07/2014
Declaración de monumento histórico nacional y bienes de interés histórico y artístico nacional para obras realizadas por el ingeniero-arquitecto Francisco Salamone en las ciudades de Carhué, Adolfo Gonzáles Chaves, Alberti, Azul, Balcarce, Chascomús, Coronel Pringles, Guaminí, Laprida, Leadro N. Alem, Pellegrini, Rauch, Salliqueló, Tornquist, Tres Lomas, entre otras.
 
Decreto 1137/14
B.O. 29/07/2014
Ampliación de la Declaratoria como monumento histórico nacional realizada a la Casa de Gobierno (Casa Rosada) mediante Decreto Nº 120.412/42 a la totalidad de las construcciones pertenecientes a la Aduana Nueva o Aduana Taylor y al Fuerte de Buenos Aires encontradas con posterioridad.
 
Resolución 382/14 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
B.O. 29/07/2014
Deuda Pública. Reanudación de los pagos correspondientes a las deudas contraídas con los países miembros del Club de París, cuyos vencimientos hubieren operado a partir del 1 de mayo de 2014 en las condiciones originalmente pactadas.
 
Disposición 277/14 - Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 29/07/2014
Registración de automotores. Vehículos automotores de origen extranjero. Zonas Francas. Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.
 
Jurisprudencia Nacional
A., M. L. y Otro c/ Obra Social del Personal Externo y Otro s/ Amparo de salud CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL - 24/07/2014
Amparo. Recurso de apelación. Habilitación de feria judicial. Hace lugar a la solicitud de la habilitación pertinente a los fines de que la Sala de Feria se aboque al tratamiento del recurso de apelación contra el rechazo de una medida cautelar solicitada por una paciente de 45 años para que se ordene a la obra social demandada y al Ministerio de Salud de la Nación, en forma subsidiaria, arbitrar las medidas para llevar a cabo el tratamiento de fertilización asistida indicado (FIV/ICSI, por el método de donación de óvulos). Considera que la habilitación de la Feria sólo procede cuando media riesgo que una providencia judicial se torne ilusoria o de que se frustre, por la demora, alguna diligencia importante para el derecho de las partes, pues aquélla tiene carácter excepcional y está restringida a supuestos de verdadera y comprobada urgenc ia. Agrega que en los casos en que se cuestionan decisiones relacionadas con la salud de las personas, la incertidumbre y la preocupación que ellas generan resulta suficiente para tener por acreditado el peligro en la demora.
 
G. A. del C. c/ O. S. U. P. C. de la Nación s/ daños y perjuicios CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 19/06/2014
Condena a una obra social a indemnizar a una paciente con problemas de obesidad, cuya afiliación fue dada de baja con posterioridad a haberse realizado estudios prequirúrgicos para la intervención denominada “by pass gástrico”, en virtud de que la actora habría falseado los datos con relación a su peso en la declaración jurada que acompañaba su solicitud de ingreso. Señala que debe ponderarse que la demandada brindó a la actora las prestaciones a su cargo, mientras ella cumplió con el pago de las cuotas correspondientes a la cobertura y anotició la baja de la afiliación cuando ya estaban en marcha los estudios previos a la cirugía. Considera que la decisión de darla de baja fue arbitraria y abusiva, puesto que están en juego derechos humanos y sociales fundamentales tutelados por la Constitución y por tratados internacionales, como son la vida y la salud, además de los derechos del consumidor, con arreglo a los cuales cabe beneficiar a la afiliada, dada su condición de parte más débil en el vínculo.
 
Normativa Provincial
Decreto 837/14 de CHUBUT
B.O. 22/07/2014
Empresas en crisis económica y financiera. Se establece un Régimen de ayuda social directa a trabajadores de empresas radicadas en la Provincia, con suspensión en forma general el pago de salarios. Autoridad de aplicación.
 
Decreto 806/14 de CHUBUT
B.O. 22/07/2014
Se aprueba la reglamentación de la ley XXIV N° 60 sobre el impuesto inmobiliario rural. Explotación ganadera. Eximición del impuesto a productores agropecuarios. Autoridad de Aplicación.
 
Decreto 310/14 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 28/07/2014
Se aprueba el nuevo cuadro tarifario con vigencia a partir del 1° de agosto de 2014, para las Autopistas 25 de Mayo; Perito Moreno; Peaje Alberti y Autopista Illia. Autorización a Autopistas Urbanas S.A. a considerar situaciones particulares.
 
Jurisprudencia Provincial
Quiñones, Renato Benito y otro c/ Provincia de Córdoba, ordinario s/ daños y perjuicios CAMARA 6ta DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de CORDOBA - CORDOBA - 23/07/2014
Responsabilidad de la Provincia por violencia familiar. Condenan de manera concurrente a la provincia de Córdoba por el homidicio de una mujer y de su hijo menor, acaecido en manos de su ex pareja. Manifiesta que si bien es cierto que el propósito criminal del agresor igualmente podría haberse consumado, y que ha sido, en definitiva, el autor de los hechos, existió una conducta omisiva por parte del estado, que actuó como un “elemento facilitador” del lamentable suceso ocurrido, ingresando de esta manera como una concausa. En tal sentido refiere que, existió una desincronización del actuar policial y una multiplicidad de denuncias ante distintos centros de atención para casos de violencia familiar, en los que la víctima no habría recibido las respuestas adecuadas y protectorias en relación a su caso particular. Por lo tanto, ha existido, p revio al acaecimiento de los crímenes, un cierto grado de previsibilidad de los hechos, que el sistema estatal y sus funcionarios no lo debieron ignorar.
 
Martín, Plácido y otra c/ Sívori, Adriana Dora y otros s/ Daños y Perjuicios CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de TRENQUE LAUQUEN - BUENOS AIRES - 25/06/2014
Revoca el resolutorio que consideró perdido el efecto interruptivo producido por la constitución como actor civil en un proceso penal. Entiende que el curso del plazo de prescripción bienal fue interrumpido por los demandantes al presentarse como actores civiles en el proceso penal donde se tuvo por presentada en término la demanda civil. Señala a su vez, que el tiempo que pase entre la constitución como actor civil y la requisitoria de elevación a juicio no depende del actor civil, sino de los protagonistas del proceso penal, principalmente del fiscal, de modo que no se puede responsabilizar al primero por su transcurso.

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