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jueves, 23 de enero de 2014

Tinkunaco 0080/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

21 de Enero de 2014
Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal
 

Normativa Nacional
Resolución 3580/14 - Administración Federal de Ingresos PúblicosB.O. 21/01/2014
Operaciones Comerciales Minoristas. Implementación del Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas. Anexo de modelo de notificación de incorporación al régimen. Norma complementaria de la ley de Procedimiento Tributario.
 
Resolución 3579/14 - Administración Federal de Ingresos PúblicosB.O. 21/01/2014
Régimen de Envíos Postales y Courier. Sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior. Procedimiento de presentación de declaración jurada a fin de optimizar la trazabilidad de las operaciones realizadas.
 
Resolución 8/14 - Secretaría de Agricultura, Ganadería y PescaB.O. 21/01/2014
Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria. Se establece el procedimiento para la matriculación y fiscalización de personas físicas y jurídicas que intervengan en el comercio. Modificación de la res. 667/2012 S.A.G.y P.
 
Resolución 52/14 - Ministerio de SaludB.O. 21/01/2014
Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles. Se incorpora al calendario nacional de inmunizaciones con carácter gratuito y obligatorio la vacuna para hepatitis B para su aplicación a todos los ciudadanos no vacunados.
 
Resolución 9/14 - Secretaría de HaciendaB.O. 21/01/2014
Gastos y Fondos Rotatorios del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF). Se aprueban los comprobantes y descriptivos.
 
Resolución 2173/13 - Ministerio de SaludB.O. 21/01/2014
Se crea el Programa Nacional de Prevención y Detección Temprana del Cáncer Colorrectal”. Funciones. Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a su adhesión.
 
Jurisprudencia Nacional
G., N. A. y otro s/ extorsión CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 29/11/2013
Decreta la falta de mérito a favor de dos imputados, uno de ellos menor de edad, en orden al delito de extorsión (art. 168 del C. P.), presuntamente cometido en perjuicio de un menor, a quien supuestamente le exigían semanalmente la entrega de dinero u objetos personales. Sostiene que, sin cuestionar la verosimilitud de los dichos del damnificado, no se encuentra constatado en la causa el elemento objetivo primordial de esta figura que hace a su medio comisivo: la intimidación. Afirma que no se puede hablar de intimidación sin una amenaza concreta que coarte la libertad de la víctima y que, a raíz de esa restricción, lo obligue a cumplir con las exigencias del sujeto activo, dado que la intimidación propia de la norma mencionada requiere infundir temor en la víctima a través del anuncio o advertencia de un mal que recaerá sobre ella o un tercero, que a su vez debe ser idónea para crear ese estado de miedo que lo obligue a realizar la operación exigida.
 
T. B., H. F. c/ F., E. A. y otros s/ desalojo CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 04/11/2013
Determina la restitución del inmueble de propiedad del actor, otorgado en calidad de comodato precario a una mujer con la cual tenía un hijo, a los efectos de darle vivienda al menor, y ordena el desalojo del mismo en el plazo de 90 días. Entiende que, por tratarse de un préstamo precario, el propietario puede pedir la restitución del inmueble cuando quisiere. Además, considera que el actor cumple con la obligación alimentaria para con su hijo y que en el correspondiente juicio de alimentos, la cuota no incluía la dación de vivienda. Resalta que en el inmueble se encuentran viviendo también la actual pareja de la demandada con los hijos de ambos y un hijo mayor de ella, y el accionante no tiene ninguna obligación habitacional para con ellos.
 
Normativa Provincial
Ley 8653 de TUCUMANB.O. 03/01/2014
Empleados dependientes del Estado, Organismos descentralizados, Entes Autárquicos y Comunas Rurales. Se modifica el art. 2° de la ley 7007, sobre los conceptos remunerativos que integran el haber mensual.
 
Ley 8651 de TUCUMANB.O. 03/01/2014
Impuestos sobre los Ingresos Brutos, la Salud Pública e Inmobiliario. Se exime del pago a los comerciantes cuya actividad ejercida en los establecimientos hayan sido afectados por los acontecimientos acaecidos los días 9, 10 y 11 de diciembre de 2013. Creación del Registro de los comerciantes.
 
Jurisprudencia Provincial
Sartor, Ariel c/ Standark Bank Argentina S.A y BBVA Banco Frances s/ daños y perjuicios CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINERIA de GENERAL ROCA - RIO NEGRO - 12/12/2013
Derechos del consumidor. Cierre indebido de cuenta corriente. Considera que, por aplicación de los arts. 4 y 40 de la ley 24.240, la entidad bancaria que inhibió indebidamente la cuenta corriente del actor debe responder por los daños derivados de tal accionar. Refiere que, aun cuando la situación hubiera partido del error inicial de otro banco (del cual era cliente el actor) y sin perjuicio que la medida adoptada haya sido instrumentada “cuasi” mecánicamente a partir de la directiva del Banco Central, no puede excusarse ante el usuario por ese error, máxime cuando la entidad cuenta con la acción de regreso.
 
O, M, A, y J, R, P, s/ sucesorio CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de CORRIENTES - CORRIENTES - 05/12/2013
Sucesión. Diferencia entre hijo matrimonial y extramatrimonial. Concluye que si el causante falleció antes de que el art. 3570 del Código Civil fuera reformado por la ley 23.264, la cual equipara los derechos de los hijos matrimoniales con los extramatrimoniales, corresponde otorgar un porcentaje hereditario mayor a la cónyuge supérstite respecto del hijo extramatrimonial. Refiere que, la atribución de derechos sucesorios derivados de la muerte de una persona está referida al momento de la apertura de la sucesión que se produce con el deceso del causante, por lo que, su cuantía, extensión y modo de concurrir quedan fijados por la ley vigente al día de la muerte del de cujus.

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