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sábado, 23 de febrero de 2013

Tinkunaco 0223/13 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

16 de Enero de 2013

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Ley 26837
B.O. 16/01/2013
Feriado extraordinario en todo el territorio nacional. Se designa el día 20 de febrero de 2013, Día de la Batalla de Salta.
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Ley 26815
B.O. 16/01/2013
Se crea la ley sobre Sistema Federal de Manejo del Fuego. Objetivos. Integración.
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Ley 26813
B.O. 16/01/2013
Ejecución de la pena privativa de libertad. Se modifican diversos artículos de la ley 24.660.
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Resolución 3437/13 - A.F.I.P.
B.O. 16/01/2013
Procedimiento. Emisión opcional de constancias de bonificación promocional. Cuponeras Fiscales.
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Resolución 3436/13 - A.F.I.P.
B.O. 16/01/2013
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.
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Jurisprudencia Nacional
Ibarra, Damián Eduardo c/ Mellino, Nicolás Carlos y Otros s/ Diferencias de salarios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 22/11/2012
Entiende que más allá de que el empleador efectuó el registro de la totalidad del vínculo tardíamente, es decir, transcurrido el plazo otorgado para su cumplimiento, lo cierto es que éste efectivamente cumplió con su obligación y, en consecuencia, con la finalidad de la norma que es precisamente la eliminación del trabajo clandestino. Por ello, es que corresponde tener por cumplimentada la obligación del empleador, lo que obsta la viabilidad de la multa prevista en el Art. 8 de la Ley 24.013.
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Tamburro, Hugo Daniel c/ Management Company S.A. s/ Daños y Perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 09/11/2012
Entiende que de conformidad con lo dispuesto en el art. 40 de la ley 24.240, la firma propietaria de un centro comercial debe responder de forma solidaria junto con la explotadora de un local de entretenimiento, respecto de las lesiones que sufrió un cliente mientras manipulaba un juego de mesa, puesto que, los centros de comercialización y consumo de bienes y servicios son redes organizativas creadas y administradas por el propietario del emprendimiento y no obstante las reiteradas cláusulas limitativas de responsabilidad que imponen frente a los explotadores de sus locales, pesa también sobre aquéllos la obligación de seguridad frente a los consumidores y terceros.
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Normativa Provincial
Ley 7152/12 de CHACO
B.O. 07/01/2013
Se modifica el Régimen de Consorcios Camineros, ley 3565.
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Ley 7766/12 de SALTA
B.O. 14/01/2013
Se modifica el Código de procedimiento Laboral.
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Ley 7764/12 de SALTA
B.O. 11/01/2013
Se modifica la ley de mediación sobre los procesos de ejecución y los de trámite sumarísimo. Monto máximo. Determinación por Acordada de la Corte.
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Decreto 1133/12 de BUENOS AIRES
B.O. 14/01/2013
Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales. Se aprueba la reglamentación de la ley 13.302.
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Jurisprudencia Provincial
Carballo, Carlos Ramón c/ Hildebrant, Eduardo Antonio s/ sumario
CAMARA DE APELACIONES CIVIL COMERCIAL - ENTRE RIOS - 22/11/2012
Daños y perjuicios provocados por denuncia de estafa. Se rechaza el reclamo indemnizatorio incoado por el vendedor de una camioneta que fue denunciado por el delito de estafa, al no poder concretarse la operación por hallarse adulterada la numeración del motor. La decisión se basa en que no es suficiente para la procedencia de la acción que el actor haya sido sobreseído del delito, sino que además es necesario un obrar doloso o culposo del denunciante. Asimismo se sostuvo que, no se le puede exigir a quien resulta víctima de un delito que efectúe una acusación provisto de pruebas incontestables que no dejen lugar a dudas acerca de la autoría del ilícito.
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C., M. M. c/ G., C. s/ incidente aumento cuota alimentaria
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL - BUENOS AIRES - 12/11/2012
Aumento de cuota alimentaria. Se dispone el aumento de la cuota alimentaria en función de las posibilidades económicas del accionado, los ingresos acreditados en autos y de la prueba ofrecida por la actora, atento a que el alimentante no ejerció su derecho de defensa ni ofreció prueba en el momento procesal oportuno, resultando extemporánea la prueba documental de la que intenta valerse. El Tribunal remarcó que son las partes quienes deben probar las circunstancias de hecho que justifiquen la legitimidad de su reclamo debiendo cumplir esta carga en la oportunidad procesal pertinente o en caso contrario soportar las consecuencias de su incumplimiento.
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